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La Superintendencia de
Seguridad Social (Suseso) instruyó a las Compín e Isapres.
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El regulador, además,
solicitó a las mutualidades que ante la ocurrencia de incendios forestales
deben mantener operativos los centros de salud que se encuentran en las zonas
de riesgo de incendios forestales.
La Superintendencia de Seguridad
Social (SUSESO) instruyó a las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez
(Compín) y a las ISAPRES que no corresponde rechazar las licencias médicas que
pudiesen presentarse fuera de plazo por las y los trabajadores de las zonas
declaradas en estado de excepción constitucional de catástrofe, tal como ocurre
en las provincias de Marga Marga y Valparaíso, debido a los incendios de los
últimos días.
En la Circular N.º 3804,
del 5 de febrero de 2024, el regulador indicó, además, que las
sanciones tampoco procederán, en el caso de los empleadores, por el atraso en
la tramitación de las licencias médicas.
Cabe recordar que los
trabajadores dependientes deben presentar la licencia médica al empleador
dentro de dos o tres días hábiles según se trate de trabajadores del sector
privado o público, respectivamente, contados desde el día hábil siguiente a la
fecha de inicio del reposo médico. Los trabajadores independientes, por su parte,
deben presentar la licencia dentro de los dos días hábiles siguientes a la
fecha de inicio del reposo.
En caso de que las licencias
médicas de papel se hayan destruido debido a los incendios, se emitirán
licencias médicas de reemplazo.
Atenciones médicas
de las mutualidades
Además, el ente fiscalizador
instruyó a las mutualidades de empleadores (ACHS, IST, MUSEG) e ISL otorgar
atención médica y/o psicológica de manera presencial o vía telemática para los
trabajadores afectados tanto en los centros de atención como en sus respectivos
domicilios si así fuere necesario.
Esta medida se suma a las
oficiadas en diciembre pasado, en el que se indicaba que dichas entidades deben
disponer de planes de acciones para resguardar la salud integral de los y las
trabajadores que se encuentren en las zonas afectadas por incendios forestales
y mantener operativos los centros de salud e informar la ubicación de estos
centros a los empleadores de manera oportuna.
Asimismo, se ha solicitado a
estas entidades disponer de material informativo, físico y virtual, con medidas
de prevención contra accidentes laborales y enfermedades derivadas de la
exposición a incendios. Se llevarán a cabo capacitaciones sobre prevención de
riesgos de incendios y primeros auxilios ante emergencias.
Finalmente, la SUSESO reforzó
la medida que señala que, en situaciones de emergencia declaradas zonas de
catástrofe, las Cajas de Compensación pueden suspender el pago de cuotas o
dividendos de crédito social para las personas afiliadas de dichas zonas,
trasladándolas al término del plazo convenido, sin generar costos adicionales
para los afiliados.
Estas medidas buscan
proporcionar flexibilidad y apoyo financiero a los afectados en momentos de
crisis, mostrando la adaptabilidad de la regulación ante situaciones
extraordinarias.
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