** Así lo destacó la Seremi del Trabajo y
Previsión Social al comentar la reciente publicación del Decreto 36, que
modifica la anterior normativa para promover el ingreso al sector privado.
Una
buena noticia para personas en situación de discapacidad que buscan integrarse
al mercado laboral, trajo consigo la reciente publicación en el Diario Oficial
del Decreto 36, que modifica la anterior legislatura dando un paso más hacia la
inclusión.
Así
lo destacó la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Maribel Torrealba Retamal,
quien resaltó que, en función de avanzar hacia el objetivo del trabajo decente,
es necesario actualizar las normativas y reglamentos vigentes.
“En
esa línea, la reciente publicación del Decreto 36, que modifica el que estaba
vigente desde el 2017, constituye un avance en la promoción de la inclusión
laboral de personas con discapacidad en el sector privado, debido a que el
nuevo Decreto establece medidas claras que facilitan a través de diversas
políticas de inclusión, desarrollar culturas organizacionales más inclusivas”
indicó.
Recordó,
que esta normativa legal, logra su publicación tras un proceso de ajuste y
consulta ciudadana, cuyo objetivo es facilitar la fiscalización por parte de la
Dirección del Trabajo de las obligaciones mínimas de inclusión laboral
incorporadas en las leyes 21.015 y 21.275 del Código del Trabajo.
Como
se recordará, la nueva Ley de Inclusión Laboral para personas con Discapacidad,
otorga un mejor acceso al empleo reservando para ellas el 1% de los puestos de
trabajo en el Estado y empresas privadas con más de 100 trabajadores o
trabajadoras; elimina la discriminación salarial para personas con discapacidad
mental; fija en 26 años la edad para suscribir Contrato de Aprendizaje, prohíbe
todo acto de discriminación y garantiza procesos de selección laboral, entre
otras materias.
Ahora
bien, con la publicación del Decreto 36, se garantiza además dotar a la
Inspección del Trabajo de mayores herramientas para los procesos de
fiscalización.
Los
principales ámbitos modificados en esta normativa legal fueron las siguientes:
a.
Contabilización de
número de trabajadores y trabajadoras.
b.
Elementos que
declarar en la comunicación electrónica.
c.
Razones fundadas:
naturaleza de las funciones y falta de postulantes.
d.
Periodo a realizar
las donaciones.
e.
Meses de
contabilización.
f.
Políticas de
Inclusión.
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