Dichos y Hechos para Recordar por Alejandro Medel Vega

 

 


DICHOS Y HECHOS PARA RECORDAR…..

“NADIE ES PROFETA EN SU TIERRA”

 

 

(Trocitos de la Historia Local)

= SOBRE CARNET OBLIGATORIO

“Con fecha 1° del presente mes ha empezado a rejir la Ley de Carnet de Identidad Obligatorio para todos los ciudadanos varones, mayores de 21 años. En consecuencia, las personas que estén obligadas a obtenerlo deberán acudir a la mayor brevedad al Gabinete de la Comisaría, donde se le darán toda clase de facilidades para su obtención, pues si n lo hacen se les hará efectiva la sanción que establece el Artículo 6° de la Ley”.

(NOTICIA QUE SE PUBLICA EN LA EDICIÓN DEL PERIODICO “LA VERDAD” DE CAUQUENES DE FECHA 14 DE ENERO DE 1931.

Mirada esta ley con los ojos del presente, poco o nada se le valora en lo que se refiere a su generación, por lo que bien vale hacer una breve reflexión sobre su dictación.

Además de la información desconocida sobre el funcionamiento de los Gabinetes en las Comisarías, no escapa el detalle que sólo era aplicable a los “ciudadanos varones mayores de 21 años”, evidencia elocuente de la cultura machista existente en nuestro país, aceptando por cierto que las mujeres eran de la casa sin mayores protagonismos en la vida pública.

¿Cómo se identificaba con antelación de esta ley a los ciudadanos comunes y corrientes y sobre todo a los “ilegales”, “delincuentes”, bandidos” e incluso los difuntos que, en una de esas, eran encontrados en la vía pública?

Otros tiempos en que la delincuencia era la excepción, en comparación a los tiempos actuales.

A propósito de los delincuentes y bandidos de antaño, menores en cantidad, pero bien expertos para la comisión de sus delitos.

Revisando el quehacer de las “pandillas” que actuaban en estos territorios de Chile central, principalmente protagonizando asaltos y asesinatos en el mundo rural, entre sus integrantes que sumaban cientos, había un experto que sólo se abocaba deshollejar los rostros de las víctimas asesinadas, las que eran lanzadas a los cauces de los ríos o esteros. ¿Con qué fin esta crueldad? Pues, para dificultar la identificación del cadáver.

En uno de los libros existentes en la biblioteca del “Rincón de La Voz de la Provincia”, encontramos una nota explicatoria que en nada nos enorgullece: “El experto en deshollejar el rostro de cadáveres era de apellido Villalobos, oriundo de Cauquenes”, se dice.


 

= “DEBEMOS ORGANIZAR UNA BANDA MUNICIPAL”

(Editorial de “La Verdad”, 16 de enero de 1932)

¿Y si lo actualizamos al tiempo presente?)

 


 

 “CAUQUENES ha quedado sin guarnición militar y este golpe de muerte para los intereses de la ciudad entre las muchas desgracias que nos ha traído, se cuenta la de habernos privado de la banda, tan indispensable para el esparcimiento espiritual del pueblo.

Corresponde pues a la Municipalidad organizar la nueva banda, a fin de no vernos privados de un elemento primordial para la cultura como lo es la música.

Desgraciadamente las finanzas municipales no permiten distraer los fondos que serían necesarios para organizar un orfeón municipal y que tal vez habrá que recurrir a la cooperación particular para dar forma a esta idea.

Esperamos que el entusiasmo de nuestras autoridades y vecinos encuentren solución a este problema que, como hemos dicho, atañe muy cerca a la cultura de los habitantes”.

 

= AUTORIDADES HOSPITALARIAS AÑO 1891.- Santiago, Enero 16 de 1891.

“Hoy se decretó lo que sigue: N° 304.- Vista la nota que precede, decreto:= Nómbrase administradores i sub-administradores de los Establecimientos de Bneficencia de Cauquenes, por un periodo de dos años, a las personas que a continuación se indican:

Administrador del Hospital a D. Temístocles Roldan, i Sub-administrador a D. Demetrio Jara.-

Administrador del Cementerio a D. José Miguel Ojeda i Sub-administrador a D. Jacinto Leon Pinochet.

Administrador del Lazareto a D. Francisco Meza Fernández  Sub-administrador a D. Eliseo del Río=

Anótese, comuníquese i publíquese:- BALMAC|EDA.- Domingo Godoy”.

Al Intendente de Maule.-

Con esta misma fecha. “Acéptase la renuncia que hace D. Daniel Uriví del cargo de Secretario de la Intendencia de Maule; i nómbrase para que lo reemplace a D. Leoncio Pica.

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