· La Ley establece una
serie derecho que resguardan a los veraneantes, entre ellos, a recibir
información veraz y oportuna de lo que están contratando y que se respete lo
acordado.
· Además, la norma
indica que las personas deben recibir servicios de calidad y que no arriesguen
su seguridad o salud.
· Si piensa viajar en
bus, avión o si asiste a un restaurante, la Ley también establece una serie de
obligaciones que las empresas deben respetar.
· En caso de cualquier
problema, los consumidores pueden reclamar en www.sernac.cl o llamando al 800 700 100.
Ante el inicio de las
vacaciones de verano, la Dirección Regional del SERNAC del Maule recuerda los
derechos que tienen las y los consumidores al momento de contratar servicios
turísticos.
El Director Regional (S)
del SERNAC, Andrés Salas, explicó que es relevante que las y los consumidores
conozcan sus derechos y los ejerzan al momento de contratar servicios
relacionados con el turismo.
“Estamos comenzando las
vacaciones, donde muchas personas aprovechan para disfrutar en familia, por lo
que es muy relevante que conozcan sus derechos si están pensando en arrendar
una casa, viajar, o asistir a restaurantes o pubs, por mencionar sólo algunas
actividades”, indicó la autoridad regional.
En este
contexto, el Director Regional explicó que las personas consumidoras tienen derecho a
recibir información veraz y oportuna de lo que está contratando, entre ellas,
las condiciones relevantes y el precio, lo cual debe ser respetado por las
empresas.
Los
proveedores deben también entregar servicios y productos de calidad y que no
arriesguen la salud o seguridad de las personas, junto con tomar todas las
medidas de necesarias para evitar exponer a riesgos a los consumidores.
“Si la empresa
le ocasiona algún daño por un servicio mal otorgado o un producto defectuoso,
los consumidores tienen derecho a que lo indemnicen por todo el perjuicio
ocasionado; recalcó Andrés Salas.
Para los
usuarios que opten por el servicio de una agencia de turismo, en caso de
cualquier incumplimiento, estas empresas tienen que responder directamente frente al consumidor, aunque
hayan actuado como intermediarias de otros proveedores.
Viajar en bus
Las empresas de buses interurbanos deben actuar de
manera profesional en la entrega del servicio y cumplir con las condiciones
ofrecidas y acordadas, esto es, que el viaje salga a las horas comprometidas,
se respete el servicio a bordo ofrecido y se cobre el precio
informado.
Además, los pasajeros de buses interurbanos tienen
derecho a un servicio de calidad, lo que implica, ser transportados en
condiciones de seguridad, lo que implica que las empresas cumplan con todas las
exigencias, que incluye que tengan las revisiones técnicas al día, que los
buses cuenten con los cinturones de seguridad para los pasajeros y que respeten
los límites de velocidad.
La empresa está obligada
a devolver, al menos el 85% del valor del pasaje, si la persona lo anula con 4
o más horas de anticipación.
Si se extravía o daña su equipaje, el proveedor
deberá indemnizarlo con hasta 5 UTM, esto es, alrededor de 323 mil pesos, según
el Decreto 212 del Ministerio de Transportes. Pero si el consumidor tuvo
la precaución de declarar el valor, la empresa deberá responder por el total de
la pérdida. No obstante, los consumidores siempre tendrán derecho a exigir las indemnizaciones
por todo el daño causado en los tribunales.
Transporte aéreo
En el transporte aéreo las compañías deben respetar
las condiciones ofrecidas y acordadas, por ejemplo, el horario de las salidas
de los vuelos; el servicio a bordo ofrecido, entre otros.
Cuando se produce un retraso o cancelación de un
vuelo por responsabilidad de la aerolínea, los consumidores pueden exigir el
reembolso del valor del pasaje pagado o embarcarse en el primer vuelo
disponible, así como los derechos de asistencia al pasajero, como alimentación,
estadía u hotel, llamadas telefónicas, movilización, entre otras, junto con las
indemnizaciones correspondientes si la demora es por un período superior a tres
horas.
La norma establece también que, si un consumidor no
utiliza un tramo o trayecto de ida y vuelta en un vuelo nacional, la aerolínea
no podrá negar ni condicionar la utilización del resto de la fracción o tramo,
si la persona se presenta oportunamente al chequeo y embarque.
Arriendo cabañas o departamentos para sus vacaciones
La principal
recomendación es contratar servicios en el comercio establecido, como, por
ejemplo, corredoras de propiedades u otros intermediarios que respondan ante el
consumidor.
De esta forma
los consumidores podrán exigir que le entreguen la información relevante sobre
la propiedad, ubicación y características y que todo lo ofrecido se cumpla.
Recurra a
corredoras con prestigio en el rubro, con domicilio y representantes
identificables, e idealmente, que estén suscritas a alguna de las asociaciones
de corredores de propiedades.
Derechos en lugares de entretenimiento, como pubs y restaurantes
En caso de ir a un restaurante o bar, las personas
tienen derecho a que se le entregue información veraz y oportuna sobre los
precios y las características relevantes de la oferta.
Los
consumidores tienen derecho a no ser discriminados arbitrariamente por razones
de raza, condición social, aspecto físico, género o edad y a que no se les
niegue injustificadamente el servicio.
En Chile no se puede exigir la propina obligatoria.
Los restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, y locales similares, que
atiendan público a través garzones pueden sugerir a sus clientes una
propina de, al menos 10 por ciento en cada cuenta, pero el consumidor puede
manifestar su deseo de no pagarla, o pagar un monto menor.
Para conocer
más respecto de sus derechos o si tiene algún problema, recuerde que puede
reclamar en www.sernac.cl o llamando en forma gratuita
al número 800 700 100.
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