· La entidad fiscalizadora ofició a representantes de los productos Moringa Ancestral, Escozul y Audiocalm, los cuales son promocionados con propiedades terapéuticas de sanar, aliviar y disminuir enfermedades.
· El objetivo de esta fiscalización es que las empresas remitan la información que acredite la comprobabilidad de estos mensajes publicitarios.
·
En caso de detectar infracciones a la Ley del Consumidor,
el SERNAC evaluará las acciones que estime conveniente. En caso de acciones
legales, las empresas arriesgan multas de hasta 1.500 UTM, esto es, más de $97
millones de pesos.
El Servicio Nacional
del Consumidor (SERNAC), ofició a tres empresas que venden “productos milagro”,
con el objetivo que comprueben sus afirmaciones publicitarias, pues en sus
mensajes publicitarios les atribuyen propiedades terapéuticas de sanar, aliviar
y disminuir enfermedades.
Los oficios
fueron dirigidos a la empresa Gárate S.A. por la comercialización del producto
denominado “Moringa Ancestral”, el cual es promocionado con frases tales como
“sanar más de 300 enfermedades”, “sana artritis, reuma, calambres, osteoporosis
(...) dolores de espalda, dolores de sus pies...".
Además, la
entidad fiscalizadora ofició a Lifescozul Chile Spa., comercializadora del
producto Escozul, el cual indica que "es una formulación, basada en el
veneno del escorpión azul, cuyo principio activo proteico ha demostrado una
acción selectiva en detener el crecimiento tumoral maligno y brindar calidad de
vida”.
Finalmente,
el organismo también ofició Swiss Nature Labs Spa, comercializadora de
Audiocalm, por promocionar este producto como “…la solución definitiva,
científicamente comprobada para detener el Tinnitus en pocas semanas. Su
exclusiva fórmula desarrollada en base a componentes botánicos ayuda a eliminar
esos sonidos molestos y el estrés, a la vez que mejora la concentración”.
Una vez terminada
la investigación, y en caso de detectar incumplimientos a la Ley del Consumidor
(LPC), el Servicio tomará las acciones que estime oportunas para ir en defensa
de los derechos de los consumidores, no descartando acciones legales.
En caso de
publicidad engañosa, la norma establece que las empresas arriesgan multas de
hasta 1.500 UTM, esto es, más de $97 millones de pesos. En caso de que implique daños a la salud, la sanción aumenta a 2.250
UTM, es decir, más de 145 millones de pesos.
Esta acción de fiscalización
del SERNAC tuvo su origen en una investigación periodística realizada por un
medio de comunicación (TVN).
¿Qué son los productos milagro?
Se denominan
“productos milagro” a aquellos que, por medio de la publicidad, se atribuyen
cualidades o beneficios extraordinarios, en este caso, respecto a la prevención
y cura de enfermedades o un efecto estético, pero su información de respaldo,
en general, es insuficiente para comprobar tales beneficios.
Este tipo de
productos se promocionan con una pretendida finalidad sanitaria, o útiles para
la prevención o tratamiento de enfermedades que, en muchos casos, se aprovecha
de deseos y necesidades del consumidor que lo ubican en una situación de
vulnerabilidad, dado que, en ocasiones se relacionan con la aceptación social y
su autoestima.
De hecho, la
publicidad de este tipo de productos se caracteriza por una estrategia
comercial agresiva, donde les atribuyen propiedades que eventualmente no poseen
o exagerando las que posean, usando, además, mensajes que apelan a la
autoestima de los usuarios.
Asimismo, los
productos se publicitan habitualmente a través de supuestos especialistas,
personajes famosos y testimonios, de modo de dar más credibilidad al mensaje.
También es
común que citen fuentes científicas como laboratorios, organismos
certificadores y estudios para sostener sus promesas y muestran imágenes que
evidencian un antes y un después en el consumo de dichos productos.
Recomendaciones para los consumidores
Es importante
que los/as consumidores/as evalúen críticamente la publicidad y no se dejen
llevar por promesas que parecen “demasiado buenas para ser verdad”.
La publicidad
debe ser veraz, oportuna y ser susceptible de ser comprobada, especialmente en
los atributos que se le atribuyen a los "productos milagro" que se
comercializan.
El consejo a
las personas consumidoras es a no dejarse llevar por falsas promesas
publicitarias y se asesore por un especialista si necesita bajar de peso o
conseguir resultados que tengan relación con su salud.
Los productos
que se ofrecen en el mercado deben tener las autorizaciones que correspondan y
en ningún caso arriesgar la salud o seguridad de las personas.
Todo
consumidor que sufra daños por un producto que no cumple con su promesa, o que
no contaba con los permisos respectivos, tiene derecho a exigir las
indemnizaciones correspondientes.
Revise la
presencia del número de registro del Instituto de Salud Pública (ISP). Si un
producto no tiene número de registro el ISP se desconoce la fórmula empleada en
su composición, por lo que su uso podría provocar diversas reacciones dérmicas
y alérgicas.
Revise
siempre la fecha de vencimiento y no use productos vencidos.
Si al utilizar algún producto nota alguna
reacción en la piel o irritación, suspenda su uso inmediatamente.
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